Mostrando entradas con la etiqueta NOTIFICACIONES. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta NOTIFICACIONES. Mostrar todas las entradas
jueves, 18 de julio de 2013
Notificación personal de un fallo Disciplinario en dirección distinta
Si la citación para surtir la notificación personal de un fallo tiene una dirección distinta a la señalada por el demandado dentro del proceso disciplinario, el procedimiento se adelantó de forma indebida, señaló la Sección Cuarta del Consejo de Estado.
A juicio del alto tribunal, esta actuación hace procedente el amparo del derecho fundamental al debido proceso.
En este contexto, la corporación ordenó a la delegada para la economía y la hacienda pública de la Procuraduría General de la Nación adelantar en debida forma la notificación de un fallo dentro de un proceso disciplinario, con el fin de que se surta el agotamiento de la vía gubernativa.
(C. E., Secc. Cuarta, Sent. 25000231500020110026901, mar. 31/13, C. P. Martha Teresa Briceño)(Ambito Juridico)
martes, 30 de abril de 2013
Sanción disciplinaria debe notificarse antes de que prescriba la acción
Una sala de conjueces del Consejo de Estado anuló la destitución del general (r) Álvaro Velandia Hurtado por la desaparición forzada de la guerrillera del M-19 Nidia Érika Bautista, pues la notificación que le hizo la Procuraduría se produjo casi un mes después de cumplido el término de prescripción de la acción disciplinaria.
La decisión de tutela revoca la sentencia que, en sede de súplica, profirió la Sala Plena del alto tribunal en el 2009, cuando reversó la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que profirió la Sección Segunda de esa corporación a favor del oficial.
En el 2011, la sala de conjueces ya había fallado una tutela en el mismo sentido, pero la Sección Cuarta del Consejo decretó su nulidad, porque no se había vinculado a un tercero al proceso.
Corregido el yerro, los conjueces mantuvieron su postura, en el sentido de que la notificación de la destitución se produjo de manera extemporánea, lo que hacía procedente el reintegro de Velandia y el pago de los salarios que dejó de percibir desde el momento de su separación del Ejército.
Según el fallo, Bautista desapareció en 1987, pero su cadáver fue hallado el 25 de julio de 1990. Por lo tanto, los términos de la actuación disciplinaria vencían el 25 de julio 1995. Sin embargo, Velandia fue notificado de la destitución el 18 de agosto, 25 días después de que ocurriera el fenómeno prescriptivo.
(Consejo de Estado, conjueces, comunicado Sentencia 100131500020100007600, abr. 17/13, C. P. Álvaro Escobar Henríquez)
Tomado ámbito Jurìdico
viernes, 1 de marzo de 2013
Decisiones disciplinarias surten efectos con su notificación
En las actuaciones disciplinarias, la notificación garantiza los derechos al debido proceso y a la defensa, concreta el principio de publicidad y lo integra con los demás principios del artículo 94 del Código Disciplinario Único, recordó la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
El alto tribunal declaró extinta una acción iniciada por hechos ocurridos en el 2007, pues la prescripción ocurrió antes de que la sentencia de segunda instancia fuera notificada al disciplinado.
De acuerdo con la Sala, el término de prescripción previsto en el artículo 30 de la Ley 734 del 2002 no se extingue con la ejecutoria de la sentencia, sino con su notificación.
Sobre la ejecutoria de estas decisiones, agregó que el hecho de que queden en firme una vez suscritas por el funcionario no desconoce el principio de publicidad, porque los efectos jurídicos surgen con la notificación.
(Consejo Superior de la Judicatura, Sentencia 66001110200020070011703, Oct. 10/12, M. P. Henry Villarraga Oliveros)
Suscribirse a:
Entradas (Atom)