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viernes, 28 de diciembre de 2012

Responsabilidad disciplinaria de los abogados: aumentan los procesos

A raíz de la compra de una finca, Luz Amparo Suárez contrató los servicios de un abogado, para que realizara los trámites de desenglobe y escrituración del predio. La suma acordada por concepto de honorarios fue 1.500.000 pesos, que le fueron entregados al jurista. Sin embargo, este nunca adelantó las diligencias encomendadas.

La afectada presentó una queja ante el Consejo Superior de la Judicatura (CSJ). Al estudiar el caso, la entidad encontró que ya había tres suspensiones y dos exclusiones del ejercicio profesional en contra del abogado.

Estas sanciones hacen parte de las 13.493 que ha proferido la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del CSJ en los últimos 20 años, de acuerdo con un informe dado a conocer por el alto tribunal en mayo pasado.

El número de abogados que incurre en faltas contra el ejercicio de la profesión es preocupante, si se tiene en cuenta que los profesionales del Derecho deben velar por la legalidad y colaborar con las autoridades en la conservación y el perfeccionamiento del orden jurídico.

Los datos más recientes del CSJ muestran que, en el primer semestre del año, 386 abogados y 75 funcionarios judiciales fueron sancionados disciplinariamente. ¿Están cumpliendo los abogados su misión de defender los derechos de la sociedad y de los particulares?

Se elevan las sanciones
Hace 41 años, durante el Gobierno del presidente Guillermo León Valencia, fue promulgado el Estatuto de la Abogacía (Decreto 196 de 1971), que establece deberes y sanciones para quienes cometan faltas en contra de la profesión.

En cuanto a los deberes, el Estatuto dispuso que los abogados deben obrar con absoluta lealtad y honradez en sus relaciones con los clientes, atender con celosa diligencia sus encargos profesionales y colaborar lealmente en la recta y cumplida administración de justicia.

A pesar de ello, entre las faltas que más cometen los profesionales del Derecho están las que atentan contra la debida diligencia profesional, la lealtad y la honradez, la recta y leal realización de la justicia, el respeto a la administración de justicia y la dignidad de la profesión.

Según el CSJ, en los últimos cinco años se ha registrado un incremento de procesos contra los profesionales del Derecho. De 1.540, en el 2008, se pasó a 1.995, en el 2011. Así mismo, las sanciones han tendido a aumentar. Si bien en el 2011 hubo una disminución (de 1.490, en el 2010, se pasó a  1.159), entre los años 2008 y 2010 se registró un aumento de 319 sanciones.

En cuanto a funcionarios judiciales sancionados, el CSJ señaló que en los últimos 20 años ha tramitado 4.409 procesos. Los casos se iniciaron, la mayoría de las veces, por inconformidad de los clientes con las decisiones judiciales o mora en el trámite de las mismas.

De acuerdo con Sergio Rojas Quiñones, abogado y miembro del Grupo de Investigación en Derecho Privado de la Pontificia Universidad Javeriana, “esta es una profesión en la que está depositada una parte de la legitimidad del Estado, en consecuencia,  cuando el abogado falla y el Derecho falla , falla en parte la legitimidad del propio Estado”.

Según Rojas, el elevado número de sanciones contra profesionales del Derecho no es una situación nueva, sino un fenómeno que se viene presentando desde el 2009,  producto de un mayor control y vigilancia del CSJ. Sin embargo, advierte que aunque dicho control es positivo, no se puede volver pretexto para una tiranía.

“A mi juicio, es positivo, pero positivo condicional. La responsabilidad del abogado es bienvenida, siempre y cuando el hecho de ser abogado no sea un pretexto para agravarla o atenuarla indiscriminadamente”, advierte.

Por su parte, el vicepresidente de la Sala Disciplinaria del CSJ, Ovidio Claros, considera que ese fenómeno se debe, principalmente, a que en las universidades no se les permite a los profesionales del Derecho conocer la disciplina que regirá el ejercicio de su profesión.

Para solucionar esta problemática, Claros propone reforzar los pénsum de las facultades de Derecho, poniendo énfasis en los deberes éticos de los abogados.

“Cuando la persona deja de ser estudiante y recoge su tarjeta profesional, ya es un profesional del Derecho acreditado por el CSJ y tiene unos deberes, unas obligaciones a las cuales tiene que concurrir periódicamente. Por ejemplo, si el abogado debe asistir a la misma hora a dos audiencias,  podrá escoger, en orden de importancia, a cuál asistir, según la valoración que haga. Pero, a veces, los abogados no saben cómo actuar ante esa decisión, porque no les enseñaron en la facultad que hay unos elementos para efectos de no faltar al deber profesional”, indicó el magistrado.

Cuestión de ética
Con 201.715 profesionales inscritos en el Registro Nacional de Abogados, es claro que la vigilancia de las actuaciones de los profesionales del Derecho no es una tarea fácil.

De acuerdo con el abogado constitucionalista Gustavo Zafra Roldán, ante la elevada cifra de faltas contra la profesión, es necesario reforzar el estatuto de ética del abogado y contemplar sanciones económicas eventualmente mayores.

“Colombia tiene el mayor numero de abogados por habitante del mundo después de EE UU y Costa Rica, entonces, lo que uno ve es una proliferación inadecuada de programas de Derecho, donde hay muchas facultades en las que, sinceramente, se abre un programa sin tener las herramientas adecuadas”, advierte.  

¿Es necesario un nuevo estatuto?
En abril pasado, el exministro de Justicia Juan Carlos Esguerra anunció un proyecto de reforma al  Estatuto de la Abogacía, que incluiría nuevos principios y deberes éticos para los profesionales del Derecho.

La propuesta no ha sido presentada ante el Congreso, pero la actual ministra, Ruth Stella Correa, espera que comience su trámite el próximo año.

El proyecto, que, entre otras cosas, regularía en detalle las nuevas formas de prestación de servicios legales, es, en opinión de Rojas, “una gran oportunidad para establecer unos causes normativos claves frente a la responsabilidad de los abogados”.

Sin embargo, para Zafra, aprobar dicho estatuto contempla una reforma judicial, labor que considera riesgosa luego de la fallida reforma a la justicia.  “A mí sinceramente me da temor que por andar a las carreras con el proyecto de la ley de la profesión vaya a pasar lo de la reforma a la justicia. Eso hay que socializarlo con el gremio de abogados, con los magistrados y demás”, señaló.

La misma opinión tiene el magistrado Claros, quien sostiene que no son necesarias más normas para que el abogado entienda cuáles son sus deberes éticos.

“Más normas no, las normas que hay son suficientes. Es decir, aquí ya hay experiencias vividas con la famosa reforma a la justicia, donde se fracasa por no entender cuál es el problema real de la misma. Hay mucha norma, la Sala Administrativa del CSJ, mediante acuerdos, puede solucionar todos los problemas que tiene la justicia, en la medida que el alto gobierno entienda sus necesidades. Lo que hay que hacer es formar al abogado en el campo ético del deber ser del profesional del Derecho” concluyó.

Mientras se define si necesario o no reformar el Estatuto de la Abogacía, lo único cierto es que los profesionales del Derecho deben cumplir cabalmente sus deberes, para lograr la recta y cumplida administración de justicia a la que todos los ciudadanos aspiran. A quienes no lo hagan, el peso de la jurisdicción deberá caerles con todo rigor, inexorablemente.ambitojuridico.com

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